La demanda contra Google por los datos de Android en EspaƱa

  • La AUC impulsa acciones judiciales preliminares en Madrid contra Google Ireland y Google Spain por la presunta recopilación masiva y no consentida de datos de usuarios de Android en EspaƱa.
  • Un informe pericial del catedrĆ”tico Doug Leith sostiene que, desde al menos 2022, Google habrĆ­a recabado información sensible y de geolocalización vinculada a identificadores persistentes.
  • La asociación calcula que hasta 37 millones de personas en EspaƱa podrĆ­an verse afectadas y prepara demandas colectivas basadas en el RGPD y la normativa procesal espaƱola.
  • Google rechaza las acusaciones, sostiene que son incorrectas y acusa a la AUC de promover una intrusión masiva al solicitar datos personales de millones de usuarios.

Demanda contra Google por datos de Android

La sensación de que el móvil ā€œsabe demasiadoā€ sobre nosotros se ha convertido en un comentario habitual en conversaciones entre amigos y familiares. Muchos usuarios perciben que la publicidad que reciben es tan ajustada a sus gustos y hĆ”bitos que cuesta creer que todo proceda Ćŗnicamente de las cookies aceptadas en las webs y aplicaciones, lo que plantea dudas sobre la transparencia y confianza.

En este contexto, la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) ha dado un paso mÔs y ha llevado este malestar al plano judicial. La entidad acusa a Google de estar realizando una recopilación masiva y no consentida de datos personales de los usuarios de Android en España a través de sus propias aplicaciones y servicios preinstalados, hasta el punto de hablar, si se confirma, del mayor caso de espionaje digital conocido en el país.

Una asociación de consumidores abre la batalla legal

La AUC, registrada como asociación de consumidores y usuarios ante el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y presente en órganos consultivos como el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU) o la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), inició su investigación a raíz de la queja de un socio por la publicidad personalizada que recibía en su teléfono Android.

Tras analizar el caso, la asociación encargó un informe pericial independiente y realizó su propio estudio interno. De acuerdo con sus conclusiones, el ecosistema Android estaría permitiendo a Google recabar un volumen muy elevado de datos sensibles: información sobre ideología, salud, religión, orientación sexual, hÔbitos de consumo, actividad física o rutinas diarias, ademÔs de datos de uso de aplicaciones, llamadas, mensajes y localización.

En base a esos hallazgos, la AUC ha puesto en marcha acciones judiciales preliminares contra Google Ireland Limited —responsable de la prestación de servicios y del tratamiento de datos de los usuarios de la Unión Europea— y Google Spain, encargada de la comercialización y despliegue de esos servicios en el mercado espaƱol.

El objetivo inmediato de la asociación es claro: obtener el listado de las personas potencialmente afectadas en España, que calcula en torno a 37 millones de usuarios de Android, para poder informarles y preparar una demanda colectiva por una posible vulneración masiva de la normativa de protección de datos.

Según fuentes jurídicas vinculadas al procedimiento, organizaciones de consumidores de Portugal y Países Bajos ya han iniciado acciones parecidas contra Google por prÔcticas similares, lo que sitúa el caso español en un marco europeo de creciente escrutinio sobre el uso de datos personales por parte de las grandes tecnológicas.

Proceso judicial por datos de Android

El informe pericial que desencadena la demanda

La columna vertebral del caso es el informe elaborado por Doug Leith, catedrÔtico de Sistemas InformÔticos en el Trinity College de Dublín y referente internacional en materia de privacidad digital. El experto lleva años analizando el comportamiento de Android y, según la documentación aportada por la AUC, sus conclusiones avalan que desde al menos 2022 Google habría accedido sin el debido consentimiento a una enorme cantidad de información de los dispositivos.

El peritaje describe cómo el sistema recopilaría datos sobre el uso de aplicaciones (incluidas las de terceros), a quién se llama y se envían mensajes, qué actividad física se registra mediante los sensores del teléfono, así como datos de ubicación y conexiones inalÔmbricas capaces de revelar el domicilio, los lugares que se visitan con frecuencia, el trabajo, los centros médicos a los que se acude o las rutinas cotidianas.

Una parte especialmente relevante del anÔlisis es la que se centra en el uso de identificadores persistentes, como el Android ID, determinadas cookies de seguimiento y cabeceras de autenticación vinculadas a cuentas de Google, incluido el acceso a Gmail y Drive. Estos elementos, combinados, permitirían reconstruir perfiles muy detallados de la actividad de cada usuario a lo largo del tiempo, asociando la información a nombres, correos electrónicos o números de teléfono concretos.

El estudio destaca que en torno a un 26% de las conexiones del teléfono con los servidores de Google incluyen el ID de Android, pero concentran aproximadamente el 99% de los datos enviados. Esta desproporción, según el informe, sugiere que prÔcticamente toda la información relevante que se transmite puede vincularse directamente al dispositivo y a la cuenta personal del usuario.

AdemÔs, el perito sostiene que Google estaría almacenando en los terminales cookies e identificadores de seguimiento sin un consentimiento vÔlido, algo que la Directiva de Privacidad Electrónica europea prohíbe expresamente en el Ômbito de la navegación web y que, trasladado al entorno móvil, plantea dudas jurídicas similares.

Configuración inicial, opciones premarcadas y falta de control

Buena parte de las crĆ­ticas del informe se concentran en el llamado proceso de ā€œincorporaciónā€, es decir, el momento en que el usuario enciende por primera vez su telĆ©fono Android —o tras un restablecimiento de fĆ”brica— y comienza a configurar el dispositivo. Es ahĆ­ donde se activan los Google Mobile Services, el conjunto de aplicaciones y servicios propietarios de Google que acompaƱan a la mayorĆ­a de móviles con este sistema operativo.

Este paquete incluye herramientas tan habituales como Google Play Store, Maps, Gmail, Chrome, YouTube o Google Photos, que no forman parte del núcleo de Android de código abierto, pero que en la prÔctica resultan casi imprescindibles para el uso cotidiano del teléfono. Según la pericial, Google Play estÔ presente en casi todos los terminales Android, se actualiza automÔticamente, no puede desinstalarse y su presencia para el usuario es prÔcticamente invisible.

De acuerdo con el informe, la mayoría de opciones de recopilación de datos aparecen activadas por defecto durante esta configuración inicial. Algunas prÔcticas ni siquiera se muestran al usuario de forma clara ni ofrecen un mecanismo sencillo para desactivarlas. Para deshabilitar las que sí tienen esa posibilidad, sería necesario entrar en la aplicación de Ajustes y navegar por varias pantallas y submenús, un recorrido que la mayoría de personas no recorre por completo.

Esta mecÔnica entra en colisión con las exigencias del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que requiere un consentimiento libre, específico e informado. La crítica principal es que el usuario medio acepta esas condiciones sin ser plenamente consciente de su alcance, mÔs por necesidad de poner en marcha el móvil que por una decisión meditada sobre su privacidad.

El informe también menciona el servicio Firebase Analytics, ofrecido por Google a desarrolladores de aplicaciones de terceros, que permite registrar qué pantallas se visitan, qué botones se pulsan o qué productos se compran dentro de una app. Según la AUC, este tipo de herramientas contribuyen a un rastreo sistemÔtico del comportamiento que va mÔs allÔ de lo razonablemente necesario para prestar el servicio.

Protección de datos, derechos fundamentales y posible espionaje digital

La AUC sostiene que la conducta descrita podría suponer una vulneración grave del RGPD y de la normativa española de protección de datos, hasta el punto de incidir en el Ômbito de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución y en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

La asociación remarca que no se trataría solo de información técnica o de funcionamiento del dispositivo, sino de datos especialmente protegidos, como creencias religiosas, opiniones políticas, estado de salud, orientación sexual o afiliación sindical. La combinación de geolocalización precisa, uso de aplicaciones concretas y datos de comunicación permitiría perfilar con gran detalle la vida privada de una persona.

Ejemplos citados por la entidad incluyen, por ejemplo, la asistencia frecuente a centros médicos específicos, la interacción con aplicaciones religiosas o de contenido íntimo o la participación en eventos políticos detectables por la ubicación y el uso del dispositivo. Todo ello, cruzado con el historial de llamadas, mensajes y navegación, compondría un mosaico muy preciso de los hÔbitos y relaciones del usuario.

Por eso, la asociación no duda en calificar el caso, si los tribunales confirman los hechos, como el ā€œmayor caso de espionaje digitalā€ conocido en EspaƱa. A su juicio, estarĆ­amos ante una vigilancia silenciosa y generalizada, de enorme alcance, realizada por una empresa privada con finalidades principalmente comerciales.

Juristas que siguen el asunto subrayan que, si se acredita que la recopilación masiva de datos se ha realizado sin una base legal adecuada, las consecuencias podrían incluir sanciones económicas muy elevadas, obligaciones de modificar el diseño del sistema y posibles reclamaciones indemnizatorias individuales o colectivas.

Diligencias preliminares en Madrid y preparación de demandas colectivas

Para avanzar en esa dirección, la AUC ha optado por utilizar la figura de las diligencias preliminares previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Ha presentado cuatro solicitudes ante los Juzgados de Primera Instancia de Madrid, una por cada grupo de usuarios afectados, con el fin de que se requiera a Google Ireland y Google Spain la información necesaria para identificar a los usuarios impactados.

El artículo 15.2 de esa ley obliga a las asociaciones de consumidores que inician acciones judiciales en defensa de los intereses colectivos a comunicar la existencia del procedimiento a todos los potenciales afectados, dÔndoles la oportunidad de sumarse o seguir el proceso por su cuenta. Para cumplir con esa obligación, la asociación necesita previamente saber a qué personas se dirige.

Hasta la fecha, al menos dos juzgados madrileños han considerado que la AUC cumple los requisitos para solicitar estas diligencias y han remitido los requerimientos a Google. Sin embargo, la filial irlandesa ya ha manifestado su oposición a facilitar esos datos en uno de los procedimientos, lo que abre un primer frente de discusión procesal ante los tribunales.

Una vez que, en su caso, se obtengan los datos de contacto de los usuarios de Android afectados en España, la AUC tiene previsto presentar una demanda colectiva por cada grupo ante los mismos juzgados. Las estimaciones apuntan a que esta segunda fase podría tardar alrededor de un año en ponerse en marcha, en función de cómo evolucionen las diligencias preliminares.

Paralelamente, la asociación ha habilitado espacios informativos en sus canales para que cualquier usuario interesado pueda seguir la evolución del caso e incorporarse a las futuras acciones colectivas. La organización insiste en que la defensa de la intimidad requiere también una participación activa de la ciudadanía a la hora de exigir responsabilidades y exigir mayor transparencia.

Android domina el mercado espaƱol y amplifica el impacto

La dimensión del caso se entiende mejor si se observa la cuota de mercado de Android en España. Según los últimos datos disponibles, este sistema operativo estÔ presente en aproximadamente tres de cada cuatro teléfonos móviles del país, lo que lo convierte en la plataforma dominante con holgura sobre sus competidores.

Eso implica que cualquier prÔctica cuestionable en materia de privacidad en el entorno Android afecta potencialmente a la inmensa mayoría de los usuarios. La cifra de 37 millones de personas afectadas que maneja la AUC se sitúa muy próxima al total de población con acceso a un dispositivo móvil en España.

España, ademÔs, tiene un historial relevante de conflictos jurídicos con Google. En 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó la célebre sentencia del caso Google Spain, que dio forma al conocido derecho al olvido y declaró que los motores de búsqueda son responsables del tratamiento de datos personales. Años mÔs tarde, en 2018, la Comisión Europea impuso a la compañía una multa récord por abuso de posición dominante con Android, por prÔcticas anticompetitivas relacionadas con la preinstalación de sus aplicaciones.

En aquella ocasión el foco estaba en la competencia; en esta, el centro de atención es la privacidad de los usuarios y el respeto a la normativa europea sobre protección de datos. El precedente de sanciones importantes y el papel de España en decisiones clave en materia tecnológica hacen que este nuevo procedimiento sea seguido con especial interés.

A nivel europeo, el caso se suma a otras iniciativas de Países Bajos, Portugal y distintas jurisdicciones comunitarias, lo que algunos expertos interpretan como un cambio de clima regulatorio: cada vez hay menos margen para prÔcticas opacas de recopilación de datos en grandes plataformas y mÔs presión para introducir controles efectivos.

La posición de Google: acusaciones ā€œincorrectasā€ y debate sobre la intrusión

Ante las informaciones difundidas por la AUC y los medios, Google ha negado tajantemente las acusaciones. Un portavoz de la compaƱƭa ha seƱalado que las afirmaciones sobre el funcionamiento de Android son ā€œincorrectasā€ y ha defendido que la empresa cumple las normas de privacidad y ofrece herramientas para que los usuarios gestionen sus preferencias.

La compañía sostiene que gran parte de los datos que se recopilan son necesarios para prestar servicios seguros y personalizados, y que el usuario puede revisar y ajustar su configuración de privacidad en cualquier momento. Desde su punto de vista, el modelo actual sería compatible con los requisitos del RGPD y el resto de la normativa europea.

Google tambiĆ©n ha cargado contra la estrategia procesal de la AUC, al considerar que la demanda ā€œpretende erróneamente proteger la privacidad de los usuarios mientras solicita los datos personales de millones de personas sin su consentimiento para preparar acciones colectivas especulativasā€. A juicio de la empresa, acceder a esa petición supondrĆ­a una ā€œintrusión masivaā€ en la privacidad, por lo que ha pedido a los tribunales que desestimen esas solicitudes.

Este choque de argumentos evidencia el conflicto de fondo entre el derecho a la intimidad y los modelos de negocio basados en el dato. Para la AUC, la clave estÔ en que la supuesta recopilación se habría realizado sin las garantías de consentimiento exigidas; para Google, en cambio, el problema estaría en que la asociación reclama información altamente sensible de millones de usuarios bajo la bandera de su protección.

Mientras los juzgados de Madrid analizan las diligencias preliminares, el caso reabre el debate público sobre hasta dónde pueden llegar las grandes plataformas en el aprovechamiento de la información personal y qué papel debe jugar la justicia para fijar esos límites en el Ômbito digital.

En un país donde Android es el sistema operativo predominante y donde ya se han dictado resoluciones judiciales clave en materia de datos y competencia, la ofensiva de la AUC contra Google sitúa la privacidad de millones de usuarios de móviles en el centro del tablero. A la espera de que los tribunales se pronuncien sobre las diligencias y, en su caso, sobre las futuras demandas colectivas, lo que ya se ha puesto de manifiesto es una creciente preocupación social y jurídica por la opacidad en la recopilación de datos y la necesidad de que el usuario recupere un mayor control sobre la información que genera cada vez que enciende su teléfono.

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