
La Unión Europea ha dado un paso decisivo en la regulación de la inteligencia artificial. Desde este domingo 2 de agosto de 2026, entran en vigor las obligaciones de transparencia recogidas en el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, una norma pionera a nivel mundial que busca equilibrar la innovación tecnológica con la protección de los derechos fundamentales. A partir de ahora, los ciudadanos podrÔn saber cuÔndo estÔn hablando con una mÔquina o cuÔndo un contenido ha sido generado o manipulado mediante IA.
La aplicación de esta fase supone un hito importante, aunque el calendario completo se extiende hasta 2028. Las empresas y administraciones tienen por delante un reto organizativo de calado, ya que no solo deben cumplir con las nuevas exigencias, sino tambiĆ©n identificar y clasificar todos los sistemas de IA que utilizan en su dĆa a dĆa. En EspaƱa, ademĆ”s, se estĆ” tramitando una ley propia que adaptarĆ” el marco europeo a la realidad del paĆs.
Transparencia y etiquetado de contenidos

Una de las novedades mÔs visibles para el usuario es la obligación de que los asistentes virtuales y chatbots informen de forma clara de que se estÔ interactuando con una inteligencia artificial. Esto afecta a herramientas como ChatGPT, Gemini o Claude, pero también a sistemas mÔs sencillos, como un FAQ conversacional. La medida pretende evitar confusiones y reforzar la confianza en los servicios digitales.
AdemĆ”s, los contenidos generados o modificados mediante IA āimĆ”genes, vĆdeos, audios o textosā deberĆ”n incorporar un marcado legible por mĆ”quina que permita detectar su origen artificial. Los conocidos como deepfakes tendrĆ”n que ser identificados de forma obligatoria, salvo en obras de ficción, artĆsticas o satĆricas. La Comisión Europea aclara que las simples correcciones ortogrĆ”ficas no se consideran revisión humana suficiente para eximir de esta obligación.
En el caso de contenidos sobre asuntos de interĆ©s pĆŗblico āpolĆtica, procesos electorales, salud, justicia o medio ambienteā, quien los publique deberĆ” indicar si han sido generados con IA y no han pasado por un control editorial humano. De lo contrario, la responsabilidad recae en el editor. Esta exigencia busca combatir la desinformación en un momento en que resulta cada vez mĆ”s difĆcil distinguir lo real de lo artificial.
Prohibiciones y sanciones

El reglamento establece un régimen sancionador severo. Las infracciones mÔs graves, como el uso de sistemas de IA prohibidos, pueden acarrear multas de hasta 35 millones de euros o el 7% de la facturación anual global, aplicÔndose la cifra mÔs alta. Para incumplimientos relacionados con las obligaciones de transparencia, las sanciones alcanzan los 15 millones de euros o el 3% de la facturación. Las autoridades podrÔn tener en cuenta la proporcionalidad en el caso de pymes.
Desde el 2 de diciembre de 2026, ademÔs, quedarÔ prohibida la creación de imÔgenes sexualizadas mediante IA sin consentimiento, asà como cualquier herramienta destinada a generar material de abuso sexual infantil. Esta medida se incorporó tras la polémica por las imÔgenes generadas con Grok, la herramienta de la red social X. También se vetarÔn los sistemas de puntuación social, la manipulación de personas vulnerables y la identificación biométrica en tiempo real en espacios públicos, salvo autorización judicial.
La Oficina Europea de IA, con sede en Bruselas, asume desde ahora competencias para supervisar los modelos de propósito general, como los que sirven de base a múltiples aplicaciones. PodrÔ requerir información, acceder a los sistemas, ordenar medidas correctoras e incluso restringir su disponibilidad si detecta incumplimientos. Este control se ejerce de forma compartida con las autoridades nacionales, como la Agencia Española de Supervisión de la IA (AESIA).
Adaptación de las empresas

Uno de los mayores desafĆos para las organizaciones es identificar todos los sistemas de IA que utilizan, incluso aquellos que los empleados han adoptado por su cuenta, la llamada Ā«IA en la sombraĀ». SegĆŗn un informe de la consultora Entelgy, cerca del 70% de las grandes empresas ya ha iniciado algĆŗn proceso de adaptación, pero muchas todavĆa no tienen un inventario completo de sus herramientas.
Los expertos coinciden en que el primer paso es hacer un inventario y clasificar los sistemas segĆŗn el nivel de riesgo: desde los de riesgo mĆnimo, como un chatbot simple, hasta los de alto riesgo, como los usados en selección de personal, evaluación de crĆ©ditos o diagnóstico mĆ©dico. Para estos Ćŗltimos, las obligaciones se aplicarĆ”n a partir de diciembre de 2027, pero el trabajo de anĆ”lisis debe comenzar ya.
La formación de los empleados en el uso responsable de la IA es la medida mĆ”s extendida, seguida de la creación de comitĆ©s de gobernanza y polĆticas internas. No basta con confiar en el proveedor tecnológico, advierten los especialistas, porque el riesgo depende tambiĆ©n del uso concreto que se haga de la herramienta. Por ejemplo, emplear un sistema de IA para filtrar currĆculos puede convertirlo en una aplicación de alto riesgo, independientemente de quiĆ©n lo haya desarrollado.

El director general de BIP Iberia, Giovanni Alessandrello, subraya que el cumplimiento debe abordarse como un proyecto estratĆ©gico, no solo tecnológico. Las compaƱĆas necesitan desarrollar criterios propios, establecer polĆticas claras y dotar a sus equipos directivos de mecanismos de gobernanza. Ā«Cumplir tiene un coste, pero no gobernar la IA tambiĆ©n lo tiene, y en muchos casos puede ser mucho mayorĀ», seƱala.
La ley espaƱola de IA

En paralelo al reglamento europeo, el Gobierno espaƱol impulsa el proyecto de Ley para el Buen Uso y la Gobernanza de la Inteligencia Artificial, actualmente en tramitación parlamentaria. La norma no crea un rĆ©gimen distinto, sino que adapta la aplicación del AI Act al ordenamiento jurĆdico espaƱol, definiendo las autoridades competentes, el sistema de supervisión y el procedimiento sancionador.
Entre las medidas mĆ”s destacadas de la futura ley espaƱola figura la prohibición expresa de generar deepfakes sexuales, una enmienda que EspaƱa logró incorporar al texto europeo tras el caso de las niƱas de Almendralejo. La eurodiputada socialista Laura BallarĆn ha defendido que la legislación protegerĆ” especialmente a menores y mujeres, mientras que el eurodiputado del PP AdriĆ”n VĆ”zquez compara la regulación con el uso de un cuchillo: Ā«No prohibimos los cuchillos, sino usarlos para agredirĀ».
Los Estados miembros tienen hasta septiembre de 2026 para adaptar su legislación nacional. España ya ha dado los primeros pasos con la aprobación del anteproyecto en mayo, y se espera que la ley definitiva esté lista en los próximos meses. Mientras tanto, el reglamento europeo es de aplicación directa, por lo que las empresas no deben esperar a la norma nacional para empezar a cumplir.
La aplicación de la Ley de IA continuarĆ” de forma escalonada hasta 2028. El 2 de diciembre de 2026 entrarĆ”n en vigor las nuevas prohibiciones sobre contenido sexual no consentido, y en diciembre de 2027 serĆ” el turno de los sistemas de alto riesgo. Finalmente, en agosto de 2028 se aplicarĆ”n las disposiciones para la IA integrada en productos como dispositivos mĆ©dicos, vehĆculos o juguetes. Europa se sitĆŗa asĆ a la vanguardia de la regulación de la inteligencia artificial, con un modelo que busca combinar la innovación con la protección de los derechos ciudadanos, aunque el verdadero reto serĆ” mantener la norma al ritmo de una tecnologĆa que avanza mucho mĆ”s rĆ”pido que la legislación.
