¿Cómo restablecer o recuperar la contraseña del SAT?

El SAT es el organismo encargado de implantar la legislación fiscal y aduanera, con la finalidad de las personas físicas y morales contribuyan de forma proporcional y equilibrada al gasto público. Realizas los trámites a través de su portal no es muy complicado, siempre y cuando no olvidemos nuestra clave de acceso. Es por ello que este artículo te vamos a mostrar a recuperar la contraseña del SAT en unos sencillos pasos.

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Todo para generar y recuperar la contraseña del SAT

El SAT, que por sus siglas es la abreviatura del Servicio de Administración Tributaria, es un organismo descentralizado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México, cuya responsabilidad principal consiste en aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el objetivo principal es que las personas fiscales y morales contribuyan de manera proporcional y equitativa al gasto público.

Al ser un organismo que atiende a una gran cantidad de personas, debe mantenerse innovador y actualizado para estar al nivel de los grandes entes públicos, y esto lo logró desarrollando su propio portal en línea, a través del cual las personas deben registrarse para obtener su usuario y su contraseña de acceso. Posteriormente, con dichos datos pueden ingresar y llevar a cabo diferentes acciones que el sistema permite.

En este sentido, se debe tener en cuenta que el usuario y la contraseña son datos fundamentales para poder unirse con el RFC que permite a su vez acceder a diferentes aplicaciones y servicios del SAT en línea, debido a eso es importante que el usuario no los pierda ni los olvide. De ser ese el caso, de aquí en adelante explicaremos varios puntos clave para generar, cambiar y recuperar la clave privada del SAT, en ese orden detallaremos cada proceso.

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¿Cómo se genera la contraseña del SAT?

Como ya mencionamos, la contraseña del SAT es un dato de suma importancia para lograr acceder al portal en línea del SAT y realizar el trámite que se necesite, para lograr obtener la contraseña de acceso es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar inscrito en el RIF (Régimen de Incorporación Fiscal)
  • Presentar el RFC (Registro Federal de Contribuyentes)
  • Tener conexión a internet, ya sea desde cualquier Smartphone, Tablet u ordenador.

Una vez se cumplen estos requisitos se puede continuar.

Con el objetivo de ayudar a proteger a los clientes de la pandemia que vivimos actualmente causada por el covid-19, el Servicio de Administración Tributaria intenta que los usuarios realicen todos estos procesos desde su casa, es decir, por internet. Teniendo eso en cuenta, el SAT debió tomar medidas para evitar aglomeraciones de personas y ha otorgado pocas citas para la creación y actualización de contraseñas.

Debido a motivo anterior y también con la intención de mantenerse siempre al día con nuevas tecnologías e innovaciones el organismo del SAT ha logrado desarrollar recientemente la página web SAT-ID, ideal para agilizarles a todos los contribuyentes la creación y actualización de sus contraseñas. Pues lo mejor es que este trámite se puede llevar a cabo desde el hogar, con tan solo utilizar un dispositivo móvil o un ordenador.

Anteriormente, cuando el SAT no había desarrollado esta herramienta, para lograr generar o actualizar la contraseña en internet se necesitaba contar con la firma electrónica vigente.

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Procedimiento

Para registrarse y poder utilizar esta herramienta es necesario tener algún documento de identidad oficial, en vigencia y con foto, puede ser el pasaporte, cédula profesional o INE.

Una vez realizado el registro se va a recibir un número de folio que se genera instantáneamente (el cual se debe guardar y anotar), y con el que se puede dar seguimiento al trámite que se quiera llevar a cabo.

Posteriormente, en los siguientes tres días hábiles se debe recibir una respuesta a través del medio de contacto que se haya dado de alta: ya sea por mensaje de texto o por correo electrónico. Habrá que dar clic en el enlace que se reciba, allí debemos ingresar el número de folio, el RFC y la nueva contraseña. Al culminar, por medio de la página web SAT ID, se va a confirmar la generación o actualización de la contraseña.

Esta contraseña va a servir para realizar todos los trámites electrónicos del SAT, esta contraseña puede ser cambiada o recuperada en caso de que al usuario se le llegue a olvidar o que la pierda, más adelante mostraremos como se recupera la contraseña del SAT.

Para más detalles acerca de esto, es posible contactar al Servicio de Administración Tributaria a través de los siguientes medios:

  • Ingresando en el portal de SAT. Sat.gob.mx
  • Llamando a los números telefónicos MarcaSAT, desde la CDMX y el resto de México: 55 627 22728. Desde Estados Unidos y Canadá: 877 44 88 728. Para el resto del mundo desde: 874 2873 803.

 ¿Cómo recuperar la contraseña del SAT?

Generalmente, cuando se extravía o se olvida la contraseña para acceder a algún portal web se debe realizar un tedioso proceso para lograr recuperarla. En este caso, se puede recuperar la contraseña del SAT sin necesidad de acudir a una de las oficinas físicas, pues de igual modo que para crearla, recuperarla también se puede hacer desde la comodidad de la casa. Para esto no importa si se es una persona física o una persona moral.

Esta contraseña es muy útil, ya que con ella es que se logran llevar a cabo la mayoría de los trámites ante el departamento de hacienda, es por ello que olvidarla o perderla de forma definitiva puede llevar a la persona a complicarse más de lo necesario.

  1. Lo primero que se debe considerar es que se puede crear una nueva contraseña teniendo o no la firma electrónica. Sin embargo hay que tener en cuenta algunas excepciones, pues solamente las personas físicas tienen la posibilidad de restablecer su contraseña del SAT sin tener la firma electrónica, las personas morales si la tienen que tener obligatoriamente.
  2. Sea cual sea el tipo de persona, debe acceder al portal de SAT por internet y seguir la ruta de trámites > servicios > contraseña y luego en generación y actualización de personas físicas o en generación de personas morales (de acuerdo al régimen fiscal).
  3. Todos aquellos que si tengan la firma electrónica a la mano, deben introducir la contraseña de clave privada, y ubicar los archivos “.key” y “.cer” en el ordenador, USB o en la carpeta que se hayan guardado.
  4. Luego de esto habrá que introducir el RFC y la nueva contraseña, la cual debe contener solo 8 caracteres, entre los cuales se puede usar letras, números o una combinación para más hacerla más segura.

Utilidad de la contraseña del SAT

Como ya mencionamos antes, la contraseña del SAT es la que nos permite acceder a las diferentes aplicaciones y servicios que ofrece el SAT por internet. Dicha contraseña está conformada por una cadena de número y texto confidencia que sirve para llevar a cabo una variedad de trámites en el sistema online del Servicio de Administración Tributaria. Anteriormente, a esta contraseña se le conocía como CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial), y hoy en día ya no se le llama así.

Gracias a la contraseña es posible realizar muchos trámites del SAT, especialmente algunos para los que se requiere tener una, estos son los siguientes:

  • Acceder al portal privado del contribuyente
  • Realizar declaraciones y Pagos (DyP)
  • Declaraciones informativas de razones por las cuales no se realiza el pago (Avisos en cero)
  • Declaración Informativa Múltiple
  • Envío de declaraciones anuales
  • DeclaraSAT en línea
  • Declaraciones de corrección de datos
  • Hacer consulta de transacciones
  • Consulta de comprobantes en papel aprobados.
  • Envío de solicitudes para la generación de Certificados de Sello Digital para Factura Electrónica.
  • Descarga de Certificados de Sello Digital, así como de Firma Electrónica Avanzada

Declaración Anual de Personas Físicas sin salir de casa.

¿Qué hacer si no se tiene firma electrónica?

En caso de que no se tenga una firma electrónica, cualquier contribuyente “Persona física” que necesite tener su certificado de “e.Firma” puede llevar a cabo este trámite a través de las oficinas de SAT.

Este trámite se puede realizar en cualquier momento que se necesite, aunque generalmente se lleva a cabo para la ejecución de algún trámite de este organismo que lo solicite.

Este proceso se realiza de forma presencial y los pasos son los siguientes:

  1. Asistiendo a cualquiera de las oficinas del SAT debes programar una cita.
  2. Luego asiste el día de la cita y presenta los requisitos necesarios.
  3. Allí debes registrar tus datos biométricos.
  4. Hecho esto te entregarán tu certificado de e.Firma
  5. Por último firma el documento de generación de e. Firma y listo tendrás tu Firma electrónica.

Este trámite implica algunos otros detalles que debes tomar en cuenta, así como los requisitos y la documentación que se debe presentar, los documentos que recibes, donde se presenta y más información, todo esto lo puedes conocer a fondo accediendo a este enlace.

Se puede renovar la firma electrónica vencida a través del sistema SAT ID

Todas aquellas personas que posean su firma electrónica y que se encuentre vencida desde hace no más de un año, al igual que las personas morales tienen que renovarla a través de las oficinas del SAT.

Para esto, el SAT notificó que desde el 22 de junio del pasado año (2020) las personas físicas que tengan firma electrónica la puede renovar aun cuando esté vencida. Esto lo pueden hacer de forma online y se realiza de tal modo para que los usuarios pueden realizar el trámite sin necesidad de salir de casa.

La renovación de la firma electrónica solo se puede hacer a través dela herramienta SAT ID y está limitada a que el vencimiento de dicha firma no supere el año a la hora de realizar el proceso.

En este caso, si la e.Firma se ha vencido el 30 de julio del 2020, la persona física tiene hasta las 12:59 de la noche del 30 de julio del 2021 para llevar a cabo el trámite a través del SAT ID. Si la firma electrónica ya tiene más de un año vencida, entonces no se va a poder renovar desde el sistema electrónico del SAT ID, y se tendrá que acudir personalmente a las oficinas del Servicio de Administración Tributaria.

Esta fue una medida que se incluyó en la Segunda Resolución de Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2020, segunda versión anticipada, que se publicó por el SAT el 19 de julio de ese año, como un cambio en la regla 2.2.14., que habla de los requisitos para la creación y la renovación de la firma electrónica.

Dicha regla, toma en cuenta que el contribuyente asistió en persona ante el Servicio de Administración Tributaría para certificar su identidad siempre que acredite su identidad en el sistema de SAT ID.

Para realizar la renovación de la firma electrónica por medio del SAD ID es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber ingresado al sistema SAD ID y llevar a cabo el trámite para e.Firma y que esta solicitud haya sido aprobada.
  • El certificado digital que no tenga un vencimiento de más de un año (*.CER).
  • La llave privada del certificado, que su vencimiento no sea de más de un año (*.KEY).
  • La contraseña de la llave privada de los anteriores archivos.
  • Una dirección de correo electrónico personal.

En caso de que la firma electrónica este cerca de vencerse, las personas físicas pueden realizar el proceso de renovación a través de CertiSAT Web.

Únicamente se va a poder renovar la firma electrónica vencida si no ha transcurrido más de un año desde que perdió su vigencia y si el uso de dicho certificado no ha sido restringido por algunos de los motivos que considera el artículo 17-H del Código Fiscal de la Federación (CFF)

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